Hace poco más de un año, el 25 de julio de 2018, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió una decisión histórica que aclara que las plantas modificadas mediante nuevas técnicas de ingeniería genética sin un largo historial de seguridad son organismos genéticamente modificados (OGM) y debe ser regulado como tal.
El sector europeo de la producción ecológica reitera que es crucial garantizar que la evaluación de riesgos, la trazabilidad y el etiquetado se apliquen a todos los OMG y a todas las técnicas de ingeniería genética.
Si las nuevas técnicas de ingeniería genética estuvieran fuera del alcance de la legislación de la UE sobre los OGM, esto conduciría a la liberación de organismos genéticamente modificados en el medio ambiente y la cadena alimentaria sin evaluación, autorización previa y trazabilidad. Tal situación haría casi imposible que los agricultores ecológicos y los productores convencionales libres de OGM excluyan la presencia de éstos en su proceso de producción y cumplan con las expectativas de los consumidores.
Cualquier intento de excluir plantas modificadas con nuevas técnicas de ingeniería genética de la legislación actual sobre OGM iría en contra de la libertad de elección de los consumidores, agricultores y procesadores de no tener OGM en sus alimentos. Sería contrario, además, a los objetivos de la Unión Europea de protección del medio ambiente y la salud humana. Y finalmente, sería contrario a la intención del legislador crear un marco legal protector con respecto a la modificación genética de los organismos vivos.
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